Cumplimiento normativo
Prepárate para el registro horario digital
El registro de jornada ya es obligatorio para todas las empresas en España desde el Real Decreto-ley 8/2019. Además, está en tramitación un Real Decreto que exigirá que ese registro sea digital, inalterable y accesible en remoto a la Inspección de Trabajo.
Ya obligatorio: registro diario de jornada
Toda empresa debe registrar el inicio y fin de jornada de cada persona y conservarlo 4 años.
Lo que viene: solo digital y trazable
El borrador exige registros digitales inalterables, con trazabilidad y acceso remoto para la Inspección. Adiós al papel y al Excel.
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Fichaje digital con registro inalterable, histórico conservado y exportación para la Inspección. Sin cambiar de sistema cuando entre en vigor.
Qué te expones a día de hoy
No llevar el registro de jornada es una infracción grave en materia laboral. Las sanciones vigentes van de 751 € a 7.500 € por empresa.
Importes según el régimen sancionador vigente a septiembre de 2026. Consulta a tu asesoría para tu caso concreto.
Situación a día de hoy
El Real Decreto de registro horario digital todavía no se ha publicado en el BOE. Tras el dictamen desfavorable del Consejo de Estado de marzo de 2026, su tramitación se retomó en septiembre de 2026. Cuando se publique, entrará en vigor 20 días después.
Información actualizada a septiembre de 2026. No sustituye asesoramiento jurídico: consulta el BOE o a tu asesoría para confirmar el estado vigente.